LAS ELAS DE JEREZ, PUEDEN TENER UN ESTATUTO REGULADOR, PERO SIN GARANTIAS EN LA FINANCIACIÓN

IMAGEN DEL PLENO DE JEREZ  DE FECHA 2-8-2013, CON LOS ALCALDE DE LAS ELAS EN PRIMERA PLANA DE IZDA A DERECHA EL DE TORRECERRA MANUEL BERTOLET QUE INTERVINO EN EL PLENO PARA PEDIR DEJAR SOBRE LA MESA ESTE PUNTO, ESTELLA DE MARQUEZ, BLAS, Y EL DE LA BARCA DE LA FLORIDA ALEJANDRO LOPEZ.

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 http://andaluciainformacion.es/jerez/329879/el-pp-aprueba-en-solitario-el-estatuto-juridico-que-regira-las-relaciones-con-las-elas/
http://www.diariodejerez.es/article/jerez/1576701/estatuto/para/los/pueblos/jerez.html

COMENTARIO DE FEEM-FAEM, SOBRE LAS GARANTIAS DE LA FINANCIACIÓN QUE DEBERIA CONTENER EL ESTATUTO REGULADOR DE LAS ELAS, ENTRE OTRAS CUESTIONES:


2-8-2013.-LA FAEM-FEEM, aplaude el acuerdo del pleno de jerez de fecha 2-8-2013, de aumentar el plazo para las alegaciones, al “Estatuto de las Elas”, pero rechaza este método de trabajo, que nace sin el consenso adecuado entre las parte afectadas. Y nos sorprendemos de la postura poco clara de los grupos de la oposición, con una abstención, cuando creemos que en política hay que pringarse y si no le convence este asunto hay que posicionarse más nítidamente. Desde la Feem esperábamos el NO.

La feem-faem, se congratula al menos de la postura un poco menos severa del equipo de Gobierno de Jerez, de dar un plazo más largo (dos meses)  para las alegaciones al “Estatuto de las Elas” pero lamenta, la actitud poco dialogante de la Presidenta, en tanto en cuanto, se pueden hacer las cosas menos forzadas, y que todo se pueda hacer con el consenso y no provocar toda una batería de alegaciones que se podrían evitar si el texto del Estatuto, se negocia con las partes implicadas, a no ser que lo que en realidad se quiera es el conflicto encubierto, para al final encima poder justificar que son las Elas, las que no se ponen de acuerdo para hacer un Estatuto que regule las competencias y la financiación. También desde Feem-Faem se critica que no se dejara turno de réplica como estaba dicho, al menos a uno de los intervinientes.
La feem se ofrece como siempre lo ha hecho para aportar nuestra experiencia, si el Ayuntamiento lo desea, que es lo que quizas debería de haber propiciado, que la federación fuera la que también pudiera participar en este proceso. Lo que ocurre es que si el Ayto de Jerez, no se dirige a nosotros, desde la FEEM, no somos sabios.
Apoyamos en todo caso la oportunidad que se ha dado de manifestarse ante el pleno por parte de las Elas que lo han solicitado, y creemos que el Gobierno de Jerez, debería de dar una gran muestra de cumplimiento de la legalidad, ingresando el dinero que adeuda a las SIETE ELAS. En principio ese sería el mejor Estatuto regulador en la práctica, el pago de las deudas para crear empleo.
Creemos que el Estatuto Regulador adolece de muchas carencias, si de verdad queremos aprobar un texto serio y riguroso, y las mismas se pueden resumir en tres:
PRIMERA: La falta de garantías de la financiación mínima. “Pues si el Ayto de Jerez no quiere o no puede pagar a las Elas” ¿que ocurriría con este Estatuto regulador? Sencillamente nada como ahora, salvo que se lleve a los tribunales que tarda la respuesta 4 años minimo..
SOLUCIÓN: El Estatuto debe contemplar que la PIE (participación en los ingresos del Estado) debe ir directamente a la cuenta de la ELA, en función del número de habitantes, ya que estos fondos de cooperación son para la nivelación de los servicios locales que se prestan por parte de los Entes Locales, en el caso que nos ocupa de las atribuciones que ostentan las Elas.
Igualmente se debe hacer con la denominada en Andalucia PATRICA (Participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autonoma Andaluza) y que tienen como objetivo ayudar en la prestación de los servicios básicos, también en el caso de las Elas, que prestan esos servicios.
Es decir que los dos fondos de Cooperación existentes a día de hoy en Andalucía y descritos anteriormente, sean percibidos de forma directa en función de número de habitantes por las 7 Elas, sin pasar por el Ayto Matriz.
En cuanto a la Participación de las Entidades Locales Autónomas en los Impuestos del Municipio de Jerez, independiente de la fórmula para obtener el cálculo, puede arbitrarse el procedimiento de que la recaudación líquida de las distintas figuras tributarias, sea ingresada desde la Entidad/Empresa recaudadora de los impuestos en el ámbito territorial de la Ela, en la cuenta de la Entidad Local autónoma.
Con este mecanismo se consigue blindar la financiación de la Ela, ante supuestos de embargo de la Pie, Patrica al Municipio y de los impuestos del Municipio de Jerez pero que ingresan los vecinos de las Ela, y en casos como ahora los ciudadanos de las Elas pagan los Impuestos al Municipio de Jerez, pero este se los queda y no los revierte en el ámbito local de la Ela, ya que no paga a la misma.
Además así quedan los ingresos delimitados y conseguimos una corresponsabilidad fiscal por parte de las autoridades de las Elas, dado que sabiendo que revierten sobre ellas de forma directa estos impuestos procuraran y ayudaran a una mejora y depuración de los censos cobratorios  para evitar el fraude fiscal.
Esta formulas ya se llevan produciendo en muchas Elas de Andalucía, tales como La Guijarrosa y Fuente Carreteros, las dos de la Provincia de Córdoba. Siendo perfectamente legal estas cuestiones ya que tanto una como otra han sido objeto de traslación a la Junta de Andalucía, sin oposición alguna al respecto.
SEGUNDA: Unas competencias más amplias. Pues en el borrador se es muy corto en este aspecto y solo se contemplan las competencias mínimas ya establecidas hace años, algunas desde 1956, 1980….etc
SOLUCIÓN: El Estatuto debe dotar a las Elas de competencias en obras mayores, y en potestad para proponer las modificaciones de planeamiento urbanístico, sobre todo ligadas al desarrollo local, y que esa proposición el Municipio matriz salvo control de legalidad y tramitación ante la Comunidad autónoma no intervenga, más allá de dar cumplimiento al procedimiento, que la LOUA, determine. También ya hay muchas Elas que ostentan la competencia en licencias de obras mayores, como en las ya citadas.
Tampoco el Municipio puede en un Estatuto, limitar, suprimir, o modificar aquellas cuestiones que están reguladas por leyes superiores y que supongan, diezmar el ámbito territorial o termino vecinal de las Elas, así como controlar como si de un órgano desconcentrado se tratara a los Órganos de Gobierno de la Ela.
Pues la Ela, tiene sus  propios Órganos de Gobierno, y son los que tienen la potestad para el control del alcalde de la Ela, cosa bien distinta es la obligaciones inherentes a lo establecido en la Ley 7/85, en cuanto a dar cuenta de los actos y acuerdos al resto de niveles de Gobierno.
Tampoco se puede prohibir, limitar o diezmar las potestades publicas que ostentan como Entidad Local las Elas.
TERCERA: Se prevé desde el Estatuto regulador, que se pueden hacer luego convenios con las Elas de forma unilateral, ello al igual que quizás ha pasado con las CCAA, donde existen dos tipos las que accedieron a la autonomía por el artículo 151, y las que después lo hicieron por el 143, puede generar efectos indeseados.
SOLUCIÓN: Que todo quede regulado en el Estatuto regulador que sea lo más armónico posible para las Elas, y si existe diferencia que se plasme de primeras en este Estatuto, para después no extrañarse de convenios que se quedan muy por encima del Estatuto o por debajo, creando agravios comparativos muy difíciles de resolver una vez que se han consolidado. En Pueblos que al menos tienen unas similitudes originarias digna de mención y que muchos de ellos son bastante homogéneos también en habitantes, Entidad e identidad, así como tradiciones populares, etc,etc… 
Conclusión final, la Alcaldesa de Jerez, senadora y como tal forma parte de la Comisión de Entidades Locales del Senado, debe ser capaz de dar un paso adelante y puede convertirse en la avanzadilla y vanguardia de modernidad institucional insuflando un aire nuevo, a todo lo anterior que ha sido no demasiado brillante, en el campo del desarrollo de los Pueblos rurales que hay a su alrededor y que dan una singularidad muy especial al Municipio de Jerez de la Frontera.
Desde la Feem, apostamos por ello e instamos a que haga caso a los consejos que se le hacen desde la Federación y también ella reme en la misma dirección que será la más acertada, para los intereses generales de todos/as.



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