LAS ELAS DE JEREZ, PUEDEN TENER UN ESTATUTO REGULADOR, PERO SIN GARANTIAS EN LA FINANCIACIÓN
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http://andaluciainformacion.es/jerez/329879/el-pp-aprueba-en-solitario-el-estatuto-juridico-que-regira-las-relaciones-con-las-elas/
http://www.diariodejerez.es/article/jerez/1576701/estatuto/para/los/pueblos/jerez.html
COMENTARIO DE FEEM-FAEM, SOBRE LAS GARANTIAS DE LA FINANCIACIÓN QUE DEBERIA CONTENER EL ESTATUTO REGULADOR DE LAS ELAS, ENTRE OTRAS CUESTIONES:
2-8-2013.-LA FAEM-FEEM, aplaude el acuerdo del pleno de jerez de fecha
2-8-2013, de aumentar el plazo para las alegaciones, al “Estatuto de las Elas”,
pero rechaza este método de trabajo, que nace sin el consenso adecuado entre
las parte afectadas. Y nos sorprendemos de la postura poco clara de los grupos de
la oposición, con una abstención, cuando creemos que en política hay que
pringarse y si no le convence este asunto hay que posicionarse más nítidamente.
Desde la Feem esperábamos el NO.
La feem-faem, se congratula al
menos de la postura un poco menos severa del equipo de Gobierno de Jerez, de
dar un plazo más largo (dos meses) para
las alegaciones al “Estatuto de las Elas” pero lamenta, la actitud poco
dialogante de la Presidenta, en tanto en cuanto, se pueden hacer las cosas
menos forzadas, y que todo se pueda hacer con el consenso y no provocar toda
una batería de alegaciones que se podrían evitar si el texto del Estatuto, se
negocia con las partes implicadas, a no ser que lo que en realidad se quiera es
el conflicto encubierto, para al final encima poder justificar que son las
Elas, las que no se ponen de acuerdo para hacer un Estatuto que regule las
competencias y la financiación. También desde Feem-Faem se critica que no se
dejara turno de réplica como estaba dicho, al menos a uno de los intervinientes.
La feem se ofrece como siempre lo
ha hecho para aportar nuestra experiencia, si el Ayuntamiento lo desea, que es
lo que quizas debería de
haber propiciado, que la federación fuera la que también pudiera participar en
este proceso. Lo que ocurre es que si el Ayto de Jerez, no se dirige a
nosotros, desde la FEEM, no somos sabios.
Apoyamos en todo caso la
oportunidad que se ha dado de manifestarse ante el pleno por parte de las Elas
que lo han solicitado, y creemos que el Gobierno de Jerez, debería de dar una
gran muestra de cumplimiento de la legalidad, ingresando el dinero que adeuda a
las SIETE ELAS. En principio ese sería el mejor Estatuto regulador en la práctica,
el pago de las deudas para crear empleo.
Creemos que el Estatuto Regulador
adolece de muchas carencias, si de verdad queremos aprobar un texto serio y
riguroso, y las mismas se pueden resumir en tres:
PRIMERA: La falta de garantías de la financiación mínima. “Pues si
el Ayto de Jerez no quiere o no puede pagar a las Elas” ¿que ocurriría con este
Estatuto regulador? Sencillamente nada como ahora, salvo que se lleve a los
tribunales que tarda la respuesta 4 años minimo..
SOLUCIÓN: El Estatuto debe
contemplar que la PIE (participación en los ingresos del Estado) debe ir
directamente a la cuenta de la ELA, en función del número de habitantes, ya que
estos fondos de cooperación son para la nivelación de los servicios locales que
se prestan por parte de los Entes Locales, en el caso que nos ocupa de las
atribuciones que ostentan las Elas.
Igualmente se debe hacer con la
denominada en Andalucia PATRICA (Participación de las Entidades Locales en los
tributos de la Comunidad Autonoma Andaluza) y que tienen como objetivo ayudar
en la prestación de los servicios básicos, también en el caso de las Elas, que
prestan esos servicios.
Es decir que los dos fondos de
Cooperación existentes a día de hoy en Andalucía y descritos anteriormente,
sean percibidos de forma directa en función de número de habitantes por las 7
Elas, sin pasar por el Ayto Matriz.
En cuanto a la Participación de
las Entidades Locales Autónomas en los Impuestos del Municipio de Jerez,
independiente de la fórmula para obtener el cálculo, puede arbitrarse el
procedimiento de que la recaudación líquida de las distintas figuras
tributarias, sea ingresada desde la Entidad/Empresa recaudadora de los
impuestos en el ámbito territorial de la Ela, en la cuenta de la Entidad Local
autónoma.
Con este mecanismo se consigue
blindar la financiación de la Ela, ante supuestos de embargo de la Pie, Patrica
al Municipio y de los impuestos del Municipio de Jerez pero que ingresan los
vecinos de las Ela, y en casos como ahora los ciudadanos de las Elas pagan los
Impuestos al Municipio de Jerez, pero este se los queda y no los revierte en el
ámbito local de la Ela, ya que no paga a la misma.
Además así quedan los ingresos
delimitados y conseguimos una corresponsabilidad fiscal por parte de las
autoridades de las Elas, dado que sabiendo que revierten sobre ellas de forma
directa estos impuestos procuraran y ayudaran a una mejora y depuración de los
censos cobratorios para evitar el fraude
fiscal.
Esta formulas ya se llevan
produciendo en muchas Elas de Andalucía, tales como La Guijarrosa y Fuente
Carreteros, las dos de la Provincia de Córdoba. Siendo perfectamente legal
estas cuestiones ya que tanto una como otra han sido objeto de traslación a la
Junta de Andalucía, sin oposición alguna al respecto.
SEGUNDA: Unas competencias más amplias. Pues en el borrador se es muy
corto en este aspecto y solo se contemplan las competencias mínimas ya
establecidas hace años, algunas desde 1956, 1980….etc
SOLUCIÓN: El Estatuto debe dotar
a las Elas de competencias en obras mayores, y en potestad para proponer las
modificaciones de planeamiento urbanístico, sobre todo ligadas al desarrollo
local, y que esa proposición el Municipio matriz salvo control de legalidad y
tramitación ante la Comunidad autónoma no intervenga, más allá de dar
cumplimiento al procedimiento, que la LOUA, determine. También ya hay muchas
Elas que ostentan la competencia en licencias de obras mayores, como en las ya
citadas.
Tampoco el Municipio puede en un
Estatuto, limitar, suprimir, o modificar aquellas cuestiones que están
reguladas por leyes superiores y que supongan, diezmar el ámbito territorial o
termino vecinal de las Elas, así como controlar como si de un órgano
desconcentrado se tratara a los Órganos de Gobierno de la Ela.
Pues la Ela, tiene sus propios Órganos de Gobierno, y son los que
tienen la potestad para el control del alcalde de la Ela, cosa bien distinta es
la obligaciones inherentes a lo establecido en la Ley 7/85, en cuanto a dar
cuenta de los actos y acuerdos al resto de niveles de Gobierno.
Tampoco se puede prohibir,
limitar o diezmar las potestades publicas que ostentan como Entidad Local las
Elas.
TERCERA: Se prevé desde el Estatuto regulador, que se pueden hacer
luego convenios con las Elas de forma unilateral, ello al igual que quizás ha
pasado con las CCAA, donde existen dos tipos las que accedieron a la autonomía
por el artículo 151, y las que después lo hicieron por el 143, puede generar
efectos indeseados.
SOLUCIÓN: Que todo quede regulado
en el Estatuto regulador que sea lo más armónico posible para las Elas, y si
existe diferencia que se plasme de primeras en este Estatuto, para después no
extrañarse de convenios que se quedan muy por encima del Estatuto o por debajo,
creando agravios comparativos muy difíciles de resolver una vez que se han
consolidado. En Pueblos que al menos tienen unas similitudes originarias digna
de mención y que muchos de ellos son bastante homogéneos también en habitantes,
Entidad e identidad, así como tradiciones populares, etc,etc…
Conclusión final, la Alcaldesa de Jerez, senadora y como tal forma
parte de la Comisión de Entidades Locales del Senado, debe ser capaz de dar un
paso adelante y puede convertirse en la avanzadilla y vanguardia de modernidad
institucional insuflando un aire nuevo, a todo lo anterior que ha sido no
demasiado brillante, en el campo del desarrollo de los Pueblos rurales que hay
a su alrededor y que dan una singularidad muy especial al Municipio de Jerez de
la Frontera.
Desde la Feem, apostamos por ello
e instamos a que haga caso a los consejos que se le hacen desde la Federación y
también ella reme en la misma dirección que será la más acertada, para los
intereses generales de todos/as.
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