A TODAS LAS EATIMS DE ESPAÑA-RECORDATORIO ENESIMO SOBRE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LAS CUENTAS TODOS LOS AÑOS.
A TODAS LAS EATIMS DE ESPAÑA:
ESTIMADOS/AS ALCALDES/AS.
ESTIMADOS/AS SECRETARIOS/AS- INTERVENTORES/AS:
POR EL PRESENTE OS COMUNICAMOS QUE PARA EVITAR CONFUSIONES, SOBRE LA PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS DE LAS ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO,, DEBEMOS DECIROS LO SIGUIENTE:
PRIMERO: LOS PRESUPUESTOS LOCALES EN LAS EATIMS, DEBEN APROBARSE TODOS LOS AÑOS POR LA JUNTA VECINAL, TAL Y COMO ESTABLECEN LAS LEYES LOCALES, TANTO AUTONÓMICAS COMO NACIONALES.ELLO DEBE INICIARSE ANTES OCTUBRE PARA QUE ENTREN EN VIGOR EL 1 DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.
SEGUNDO: LAS LIQUIDACIONES DEL PRESUPUESTO DEBEN REALIZARSE EN EL MES DE MARZO, SIEMPRE REFERIDO AL PRESUPUESTO DEL AÑO ANTERIOR. Y DEBEN SER APROBADAS POR EL ALCALDE, EL CUAL DARÁ CUENTA A LA PRIMERA JUNTA VECINAL QUE SE CELEBRE.
TERCERO: LA CONTABILIZACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA, CORRESPONDE AL SECRETARIO-INTERVENTOR, Y QUE DEBERÁ PRESTAR ESTE SERVICIO SI LA EATIM, NO PUEDE SOSTENERLO EL MUNICIPIO MATRIZ.
EN AQUELLAS EATIMS, QUE NO SEAN ASISTIDAS POR EL SECRETARIO INTERVENTOR, Y NO PUEDAN APROBAR LOS PRESUPUESTOS Y LIQUIDACIONES, DEBEN DENUNCIAR ESTOS HECHOS A LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA QUE CORRESPONDA, Y AL MINISTERIO DE HACIENDA Y AAPP DEL GOBIERNO DE ESPAÑA, PARA QUE LAS EATIMS, NO SEAN SUPRIMIDAS CUANDO LA CULPA DE NO PRESENTAR LAS CUENTAS NO SEA RESPONSABILIDAD DE LOS REGIDORES DE LAS EATIM, SI NO DEL MUNICIPIO MATRIZ.
ES DECIR, ES OBLIGATORIO QUE TODOS LOS AÑOS SE APRUEBEN LOS PRESUPUESTOS LOCALES, Y LAS LIQUIDACIONES POSTERIORES EN EL AÑO SIGUIENTE. Y DEBEN REMITIRSE A LOS ORGANISMOS COMPETENTES, DEL MUNICIPIO MATRIZ, LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Y DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.
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