NACIONAL/ANDALUCIA/ 3 ENERO DE 2016. EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA, DESPUES DE DOS AÑOS ACEPTA LA PROPUESTA DE FAEM PARA QUE LAS EELL QUE TENGAN DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL O CON HACIENDA, PUEDAN ACCEDER A SUBVENCIONES PUBLICAS

A los/as reptes de la Comisión Delegada de FEEM Y DE FAEM y a todos los rptes de las Entidades locales Autonomas y Municipios menores inscritos en Faem y Feem.
Estimado/a amigo/a:
 A los/as reptes de la Comisión Delegada de FEEM Y DE FAEM y a todos los rptes de las Entidades locales Autonomas y Municipios menores inscritos en Faem y Feem.
Estimado/a amigo/a:
El ejercicio de las atribuciones de todas las EELL, para el adecuado funcionamiento de los servicios públicos y las prestaciones a las que deben acceder los ciudadanos-, puede verse afectado por las circunstancias y vicisitudes que experimentan los Ayuntamientos, Entidades locales Autonomas y otros Entes locales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social con el Erario Publico


Ello se hace especialmente trascendente para las Elas y municipios menores, cuyas funciones legales, conllevan una continua labor de la máxima importancia, para los vecinos ya que todos sus fines y competencias pudieran acabar en un segundo plano, mediatizadas por el cumplimiento de este tipo de prescripciones.

Por todo ello, la Federación Española de Entidades locales menores y la Andaluza de Elas y Municipios menores Faem, presentó el pasado el pasado año 2015 en junio una propuesta ante el Gobierno de España y de Andalucía las modificaciones legislativas para que aquellas entidades que tengan deuda con la Seguridad social y con la agencia tributaria, no se les penalice encima con la denegación de las subvenciones a las que se puedan presentar.
Después de mucho tiempo por fin acceden a nuestra propuesta, en este caso en Andalucía, cuyo parlamento ha modificado la Laula, cuyo tenor literal es el siguiente:
Disposición Decimoquinta. Modificación de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Se incorpora un nuevo apartado 4.º bis al artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
«4 bis. A las entidades locales que sean destinatarias y se incluyan como beneficiarias en planes y programas provinciales que tengan por objeto la cooperación o asistencia económica de las Diputaciones provinciales a las inversiones, actividades y servicios municipales, no se les exigirá estar al corriente en sus obligaciones tributarias con cualquier administración o con la Seguridad Social».
 Creemos que, aunque con mucho esfuerzo y la tenacidad que supone una lucha de este tipo, pero merece la pena dicho empuje y ello demuestra que no existe nada imposible si la razón se impone a la prepotencia, de la que somos victima los Entes locales más pequeños.
Muchas gracias por vuestro apoyo y continuamos para cambiar las leyes locales y autonómicas, que son leyes nocivas, en muchos casos para las Elas-Eatim y los Municipios menores.
 Fecha:3 de Enero de 2017.
El Presidente Feem-Faem
Fdo. Antonio Martin Cabanillas.
El ejercicio de las atribuciones de todas las EELL, para el adecuado funcionamiento de los servicios públicos y las prestaciones a las que deben acceder los ciudadanos-, puede verse afectado por las circunstancias y vicisitudes que experimentan los Ayuntamientos, Entidades locales Autonomas y otros Entes locales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social con el Erario Publico
Ello se hace especialmente trascendente para las Elas y municipios menores, cuyas funciones legales, conllevan una continua labor de la máxima importancia, para los vecinos ya que todos sus fines y competencias pudieran acabar en un segundo plano, mediatizadas por el cumplimiento de este tipo de prescripciones.


Por todo ello, la Federación Española de Entidades locales menores y la Andaluza de Elas y Municipios menores Faem, presentó el pasado el pasado año 2015 en junio una propuesta ante el Gobierno de España y de Andalucía las modificaciones legislativas para que aquellas entidades que tengan deuda con la Seguridad social y con la agencia tributaria, no se les penalice encima con la denegación de las subvenciones a las que se puedan presentar.
Después de mucho tiempo por fin acceden a nuestra propuesta, en este caso en Andalucía, cuyo parlamento ha modificado la Laula, cuyo tenor literal es el siguiente:
Disposición Decimoquinta. Modificación de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Se incorpora un nuevo apartado 4.º bis al artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
«4 bis. A las entidades locales que sean destinatarias y se incluyan como beneficiarias en planes y programas provinciales que tengan por objeto la cooperación o asistencia económica de las Diputaciones provinciales a las inversiones, actividades y servicios municipales, no se les exigirá estar al corriente en sus obligaciones tributarias con cualquier administración o con la Seguridad Social».

 Creemos que, aunque con mucho esfuerzo y la tenacidad que supone una lucha de este tipo, pero merece la pena dicho empuje y ello demuestra que no existe nada imposible si la razón se impone a la prepotencia, de la que somos victima los Entes locales más pequeños.
Muchas gracias por vuestro apoyo y continuamos para cambiar las leyes locales y autonómicas, que son leyes nocivas, en muchos casos para las Elas-Eatim y los Municipios menores.
 Fecha:3 de Enero de 2017.
El Presidente Feem-Faem
Fdo. Antonio Martin Cabanillas.
COMISION DELEGADA DE FAEM
EL PTE DE FAEM CERCA DE CONGRESO
MIEMBROS DE LA COMISIÓN DELEGADA DE FEEM  EN EL CONGRESO
REUNIÓN CON LA DIPUTADA SORAYA RDGUEZ

REUNION CON PORTAVOCES DEL PP EN EL CONGRESO AREA LOCAL









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