NACIONAL17-7-2015, LA FEEM DEFIENDE QUE LOS ALCALDES/AS TENGAN UN SALARIO DIGNO DENTRO DEL MARCO LEGAL.

ALCALDE DE TORRECERA Y ALCALDESA DE GUADALCACIN


Sobre  los salarios de los  alcaldes de las ELAs españolas

LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES MENORES DEFIENDE “QUE LOS REPRESENTANTES DE LAS ELAS TENGAN UN SUELDO DIGNO Y CONFORME A LA LEY”
La Federación asegura que “no es de recibo que se les exijan 24 horas de dedicación y que se pretenda que no cobren dignamente por su función”

16 de julio de 2015.  La Federación Española de Entidades Locales Menores, FEEM,  defiende que los alcaldes de las entidades locales autónomas españolas tengan una asignación digna, conforme a lo que marca la ley y no entienden la polémica que se viene generando en algunos municipios por el incremento de su asignación. “Desde nuestra Federación”, asegura Antonio Martín Cabanillas, “no entendemos que se les exija a estos representantes  una dedicación de 24 horas al día, 365 días al año, como sabemos que es la gestión de las entidades, y que se les critique por percibir un sueldo digno, que además en ninguno de los casos está por encima de lo que marca la ley”.
Para la FEEM, “está claro que volvemos a la doble vara de medir. A la consideración de ciudadanos de segunda para quienes viven o gobiernan las entidades locales. ¿Qué pasa? ¿Qué cuando la ley equipara a los representantes de las ELAs en retribuciones no nos parece justo? Es muy triste que en el fondo lo que subyace es la idea de que los de pueblo, tienen que conformarse con menos o merecen menos. Lo que no es justo ni coherente es que de nuevo se pretenda menospreciar la labor que se realiza en las entidades, por encima incluso de la ley. Según parece, una cosa es lo que se considera que se debe percibir como representante de las ciudades y otra lo que se pretende que gane un representante de una entidad local, cuando en realidad cuenta con menos recursos y más horas de dedicación que los de mayor tamaño”.
Desde FEEM recuerda, además, que “los topes legales los ha marcado la ley, la Reforma Local; y que nosotros sepamos, ninguno de los representantes criticados alcanza el tope fijado de 40.000 euros”. En este sentido, desde FEEM explican que “de conformidad con lo previsto en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se encuentren en situación de servicios especiales, será de un máximo de 100.000 euros para municipios de 500.000 habitantes; y de un máximo de 40.000 euros para las entidades locales de más de 1.000 habitantes; y aún se prevé una cierta asignación para los alcaldes de las ELAs de menos de esa población en función de su dedicación.
En definitiva, desde FEEM defienden “que por la realización de una función política digna existan retribuciones igualmente dignas dentro de la legalidad” y finalmente recuerdan que “ninguno de los partidos políticos de nuestro país, incluidos Podemos o Ciudadanos, se opuso durante el trámite legislativo a estas retribuciones”. 

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