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12-06-2016,Cantabria,Bolmir,Bando sobre Ordenanza de Espacio Público

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BANDO José Ramón Magán Fernández, Alcalde Presidente de la Junta Vecinal de Bolmir, según las atribuciones que fija la Ley 6/1994 de 19 de mayo, de Cantabria en su apartado 7f COMUNICA a los vecinos y público en general lo que sigue: El presente bando establece una mínima regulación sobre la ocupación permanente del espacio público y las actuaciones sobre el mismo — unas prohibiciones — y SOLICITA la colaboración de los vecinos para difundir normas de convivencia acordes con la urbanidad y el civismo. Según el Diccionario de la Real Academia Española la acepción de urbanidad es “Cortesanía, comedimiento, atención y buen modo” y el de civismo “Comportamiento respetuoso del ciudadano con las normas de convivencia pública”. El Pueblo de Bolmir El espacio público comprende las vías públicas, calles, caminos, plazas, jardines, escaleras, y en general todos aquellos terrenos que son DOMINIO PUBLICO, registrados o no en el Libro Inventario de Bienes y Derechos de la Junta Vecinal...